Rechazan amparo de Portal de Belén contra la manipulación genética de embriones

La Cámara en lo Contencioso Administrativo destacó que la conservación y el destino final de embriones no implantados requiere una previa definición del Congreso
viernes, 15 de febrero de 2019 · 20:03

Córdoba.- Por mayoría, la Cámara en lo Contencioso Administrativa de 2° Nominación no hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por los representantes de Portal de Belén Asociación sin fines de lucro en contra de la Clínica de Fecundación Asistida “Fecundart” y del Estado Provincial de Córdoba, con el objeto que se ordene de manera inmediata el cese de la práctica conocida como “Diagnóstico Genético de Preimplantación” (DGP) y todo otro procedimiento de manipulación genética de embriones por resultar manifiestamente contrario a la legislación.

La entidad también había requerido el cese de toda otra práctica que vulnere el principio de inviolabilidad de la vida y la persona humana; y que se designe inmediatamente la tutela judicial en protección de la totalidad de las personas por nacer que se encuentran abandonadas por sus padres y en situación de riesgo inminente de muerte en todos los centros y/o laboratorios públicos y privados que se dedican a la práctica de Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) de la provincia de Córdoba, y que tengan embriones criopreservados en la actualidad, previo censo de estos.

En su voto, el vocal Humberto Sánchez Gavier advirtió la problemática compleja y arduamente discutida en el Derecho argentino que conlleva la práctica en cuestión y la pretensión concreta de la parte actora -Portal de Belén- en relación con ésta (cese de su utilización en toda la provincia), pues impone debatir respecto a la naturaleza jurídica del embrión no implantado y el destino de aquellos que se crioconservan.

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