Para la ciudadanía italiana por casamiento, ahora se deberá conocer el idioma

Nuevas normas en materia de ciudadanía en lo relativo a las naturalizaciones por matrimonio con un ciudadano italiano
lunes, 14 de enero de 2019 · 10:17

Buenos Aires.- Ahora, a partir de la modificación de la ley, aquellas personas que deseen obtener la ciudadanía italiana por vía matrimonial deberán demostrar tener un nivel B1 del idioma de acuerdo a lo informado por el Consulado General de Italia en Buenos Aires.

El 4 de diciembre de 2018 fue incorporado el artículo 9.1 a la Ley n. 91 del 5 de febrero de 1992, que regula las modalidades de adquisición de la ciudadanía italiana. 

El nuevo artículo prevé la demostración de un conocimiento satisfactorio de la lengua italiana, no inferior al nivel B1 del Cuadro común de referencia para el conocimiento de las lenguas, como condición para el reconocimiento de la ciudadanía según lo establecido por los siguientes artículos de la ley antes mencionada (art. 5, naturalización por matrimonio con un ciudadano italiano y art. 9, otorgamiento de la ciudadanía con decreto del Presidente de la República).

La demostración del conocimiento de la lengua será efectuada al momento de la presentación de la instancia mediante la presentación ante este Consulado General de un título de estudio emitido por un instituto italiano de enseñanza pública o por un instituto concertado; o en su defecto o una certificación emitida por una autoridad certificadora.

Son consideradas autoridades certificadoras, pertenecientes al sistema de Certificación de Lengua Italiana de Calidad: La Universidad para extranjeros de Siena, la Universidad para extranjeros de Perugia, la Universidad Roma Tre, la Sociedad Dante Alighieri - en colaboración con el Instituto Italiano de Cultura.

Se informa además que el importe de la contribución debida al Ministerio del Interior para dichos trámites variará de €200.00 a €250,00, según lo establecido por el nuevo art. Las modalidades de pago de dicha contribución se mantendrán invariables.

Los otros requisitos son la residencia en la circunscripción consular y la existencia del vínculo conyugal. La persona que se casa con un ciudadano italiano puede presentar la solicitud de naturalización por matrimonio después de tres años de matrimonio en el caso de residir en el exterior y después de dos años de matrimonio si reside en Italia. Los términos se reducen a la mitad en presencia de hijos nacidos o adoptados por el matrimonio.

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