Lo anunció la AFIP

¿Cómo se cobra el reintegro a los monotributistas?

Se trata de una medida excepcional para este año y premia a los contribuyentes cumplidores.
jueves, 18 de noviembre de 2021 · 12:42

Los monotributistas que hayan cumplido con el pago a término durante nueve meses, tendrán la posibilidad de acceder al reintegro de un mes. Asó lo dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), quien modificó las condiciones para el año en curso como una forma de premiar a los contribuyentes cumplidores.

La Resolución General 5100/2021 fue publicada hoy en el Boletín Oficial e introduce una flexibilización en los requisitos para acceder al beneficio dispuesto en el Decreto 1/2010 y la Resolución General 4309 del propio ente recaudador.

La principal modificación es que, de manera excepcional, se reduce de 12 a 9 meses del año la condición para calificar como cumplidor y cobrar el reintegro. El requisito que se mantiene es que el pago se debe haber realizado a través de débito directo en cuenta bancaria y/o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

Los contribuyentes percibirán el reintegro en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito que tengan adheridas como medio de pago durante los primeros meses de 2022.

Los monotributistas tienen el beneficio del reintegro de una cuota impositiva por año siempre que cumplan las siguientes condiciones: Cumplir en tiempo y forma con el ingreso de las cuotas del monotributo vencidas en los 12 meses del año calendario, así como con las obligaciones formales y materiales que correspondan y realizar el pago mediante: Débito directo en cuenta bancaria y/o débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.

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