Cambios en las recetas: la Justicia falló a favor del Gobierno
País. A finales de diciembre, el Ejecutivo nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, mediante el cual, según argumentaron la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica (FEFARA), se introducían modificaciones en la ley 17.565 reglamentando el ejercicio de la actividad farmacéutica. Es por eso que presentaron una acción judicial para declarar inconstitucional la iniciativa. Ahora, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº3, a cargo del juez Santiago Carrillo, resolvió “declarar inadmisible la presente acción declarativa” debido a una “ausencia de aptitud procesal de las demandantes”.
Lo cierto es que este camino judicial comenzó luego de que el DNU 70/23, titulado “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”, publicado durante los últimos días de diciembre pasado, fuera puesto ante el análisis de la Justicia. El documento, buscaba introducir modificaciones en el régimen legal del ejercicio de la actividad farmacéutica. Por ello, la COFA y FEFARA solicitaron que la medida se declarara inconstitucional, al tiempo que solicitaron la nulidad de los artículos 313 a 325 del mencionado DNU.
Sin embargo, el juez Carrillo señaló que tanto la COFA como la FEFARA carecían de “aptitud procesal” para promover la acción, pues no demostraron suficiente afectación directa o substancial como para justificar la intervención judicial. Según se desprende del fallo, ni la COFA ni la FEFARA han demostrado tener la habilitación para actuar judicialmente en defensa de los intereses económicos de los profesionales farmacéuticos a nivel nacional, ni existe un caso debidamente configurado que permita el cuestionamiento constitucional del DNU impugnado, en ausencia de un perjuicio para los actores.
¿Qué cambios introduce el DNU?
-La posibilidad de que los medicamentos denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, puedan ser vendidos fuera de las farmacias.
-Que las farmacias funcionen sin profesionales farmacéuticos para realizar y controlar las dispensas. Además, Los profesionales farmacéuticos podrían ejercer la Dirección Técnica de más de una farmacia, aún sin estar presentes, lo que implica que las ventas de medicamentos podrían efectuarse por auxiliares de despacho.
-Que en la receta prescripta por el médico se describa sólo el nombre genérico y no se especifique la marca comercial.
-La medida reduce los controles sanitarios sobre los medicamentos al aumentar las bocas de expendio fuera de las farmacias, y según los farmacéuticos esto hará más difícil quitar el lote del mercado en caso de algún problema en la partida.