A su vez, se abrió una causa colectiva contra el Gobierno nacional

La Justicia ordenó que se distribuyan las 5 mil toneladas de alimentos de “modo inmediato”

lunes, 27 de mayo de 2024 · 15:20

Buenos Aires. El juez federal Sebastián Casanello le ordenó al Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Petovello, que en 72 horas elabore un plan para distribuir las cinco toneladas de alimentos alojadas en depósito para ayuda social que no fueron repartidas para “su ejecución de modo inmediato”. El magistrado también dispuso un operativo para hoy a la mañana en los depósitos para tener un detalle de todo lo almacenado.

“Encomendar al Ministerio de Capital Humano a que, en el marco de sus competencias y de las obligaciones antes descriptas, elabore un plan de distribución de dichos alimentos en atención a su tipo, cantidad, fecha de vencimiento y grupo de destino, previendo su ejecución de modo inmediato; lo que deberá informarse de manera precisa en el plazo de 72 horas”, señala la resolución.

Se trata de una causa penal que inició en febrero pasado el dirigente social Juan Grabois contra el Ministerio de Capital Humano por la suspensión de la entrega de alimentos en comedores comunitarios ubicados en todo el país en el marco del “Plan Nacional Argentina contra el Hambre”

Grabois denunció que en dos centros de distribución, uno en Villa Martelli y otro en Tafí Viejo, en Tucumán, se almacenan casi cinco mil toneladas de alimentos sin distribuir que tiene la Dirección de Logística del Ministerio de Capital Humano. Son 2.751.653 kilos en Villa Martelli y 2.269.078 kilos en Tucumán de alimentos listos para su entrega.

El gobierno reconoció esa situación. Lo hizo el vocero presidencial Manuel Adorni la semana pasada en conferencia de prensa y el Ministerio de Capital Humano en la causa judicial. La cartera explicó verificaron irregularidades en la forma de distribución de esa comida que hacía el gobierno de Alberto Fernández y que trabajaban en un mecanismo para mejorarlo.

“El derecho humano fundamental a la alimentación está estrechamente ligado al derecho a la vida, a la dignidad y a la salud, los que están expresamente reconocidos en los tratados y convenciones de derechos humanos que integran el denominado ´bloque de constitucionalidad´. Los mandatos también contemplan la especial protección de determinados grupos de personas en función de alguna condición de vulnerabilidad”, explicó el juez Casanello.

El magistrado también resaltó los informes del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la Universidad Católica Argentina (UCA) que señalan que “el 57,4% de la población argentina se encuentra en situación de pobreza, dentro del cual se encuentra más del 60% de los niños, niñas y adolescentes, cuyo 32% padece inseguridad alimentaria -el 14% de forma severa”.

Casanello rechazó el pedido de la fiscal Paloma Ochoa para que los alimentos se entreguen a todos los comedores que están inscriptos en el Registro Nacional de Comedores. El juez explicó que “corresponde a la Administración elegir, según su enfoque, los medios más adecuados para asegurar el derecho fundamental a una alimentación adecuada y, en este caso puntual, distribuir los alimentos almacenados”.

“El derecho fundamental a una alimentación adecuada, reconocido y protegido internacionalmente y al que el país le ha dado jerarquía constitucional, impone claramente el deber del Estado de garantizar su efectividad de manera integral, pues no hay vida sin salud y no hay salud sin derecho a la alimentación. Ese deber impostergable de realización en cabeza de las autoridades públicas también supone, por parte del Poder Judicial, la posibilidad de llevar a cabo acciones positivas con base en el mandato de custodia de las garantías constitucionales”, agregó.

Así, Casanello dispuso órdenes de presentación para que hoy se “detalle del stock actual de los alimentos almacenados en los depósitos ubicados en las localidades de Villa Martelli, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, y Tafí Viejo, Provincia de Tucumán, lo que deberá incluir el tipo de alimento, y las fechas de adquisición y expiración de la mercadería”. También “los registros de ingreso y egreso de mercadería desde diciembre de 2023 hasta la fecha” y “los expedientes administrativos en los que haya tramitado la adquisición de los alimentos almacenados, junto con toda otra actuación y/o documentación vinculada”.

 

Se abrió una causa colectiva y convocaron a damnificados

 

El juez en lo contencioso administrativo federal Walter Lara Correa inició hoy un proceso colectivo contra el gobierno nacional de Javier Milei por la falta de entrega de alimentos a comedores y merenderos en todo el país. Con su decisión, el magistrado abrió un período para convocar a personas, asociaciones u organizaciones “que pudieran tener un interés en el resultado del litigio” y le pidió al Poder Ejecutivo que informe sobre la ejecución de los programas de alimentos.

Así lo resolvió el magistrado en un fallo que dictó esta mañana y que corre en paralelo a la causa penal que tramita el juez federal Sebastián Casanello en la que hoy le ordenó al gobierno que en 72 horas elabore un plan para entregar las cinco toneladas de comida que almacena en dos galpones y que lo ejecute “de modo inmediato”, lo que será apelado.

Se trata de dos expedientes que inició el dirigente social Juan Grabois. La causa en el fuero contencioso la presentaron la Unión de Trabajadoras y Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), de Grabois, y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) con un amparo colectivo contra el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Petovello. El pedido es que se le ordene al gobierno que garantice “el derecho a la alimentación adecuada y a la seguridad alimentaria y nutricional de todas las personas que asisten a comedores y merenderos comunitarios” ya que desde que asumió limitó la entrega de mercadería.

Luego se sumaron la Asociación Civil Amanecer de los Cartoneros, la Federación de Cooperativas de Reciclado Limitada, la Fundación Firmeza y Tesón y la Asociación Civil La Salud en Comunidad. El juez le dio al caso el status de proceso colectivo y le consultó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación si en su Registro Público de Procesos Colectivos ya había un expediente similar. La respuesta fue que no.

Así, el juez inició formalmente el caso. Antes de resolver el pedido de las partes, el magistrado dispuso que el proceso colectivo se publique durante dos días en el Boletín Oficial y en el diario “Popular” “a fin de comunicar a toda persona —así como también a las asociaciones y/o organizaciones— que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, la existencia de esta acción de amparo colectiva y la facultad de comparecer o excluirse del mismo”. Para quienes desean formar parte de la causa tendrán cinco días para presentarse.

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