El Gobierno apeló el fallo que le exigía detalles sobre cómo va a distribuir alimentos

jueves, 25 de julio de 2024 · 00:38

País. El Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, presentó ante la justicia un “recurso de revocatoria” contra el fallo del juez de feria Martín Cormick, que le imponía a esa cartera un plazo de 48 horas para que explique cómo se viene ejecutando la distribución de los casi seis millones de kilos de alimentos almacenados en los depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo, en Tucumán, y que deberían ser distribuidos a comedores y merenderos comunitarios que dependen de programas y planes alimentarios que se encuentran en vigencia.

De esta manera, el gobierno de La Libertad Avanza demuestra su disconformidad al plazo de 20 días que el viernes 12 de julio dispuso el juez original de la causa, Walter Lara Correa, quien hizo lugar a un recurso de amparo colectivo que presentaron la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) para que se garantice el derecho a la alimentación en los comedores.

En la Casa Rosada entienden que la medida dictada por el juez de feria obedece a que el dirigente político y abogado Juan Grabois impulsó a que los abogados de la UTEP y el CELS pidan acortar los tiempos porque, según esa interpretación, Cormick sería “un juez kirchnerista y amigo de Grabois para que cambie los plazos dictados por el juez de la causa, y lo hizo”.

En los depósitos de Capital Humano de Villa Martelli y Tafí del Valle hay seis millones de kilos de alimentos. Los productos con fecha próxima de vencimiento ya fueron distribuidos, entre ellos leche en polvo y harina de trigo.

Según un comunicado oficial emitido por Capital Humano, la decisión de Lara Correa “presentar un informe sobre la ejecución de las políticas públicas que garantizan la asistencia alimentaria es una oportunidad para consolidar y visualizar las acciones que el Ministerio viene desplegando”. También interpretaron que: “Lo resuelto por el juez Lara Correa avala las políticas del gobierno en materia alimentaria” y entendieron que: “Sin embargo, el CELS, en cabeza de quien quedó el amparo colectivo, intenta modificar los alcances de la sentencia y desvirtuarla a su favor durante la feria judicial”.

A lo largo del recurso presentado por el área de legales de Capital Humano, a cargo de la subsecretaria Leila Gianni y Ariel Romano, Director General de Asuntos Jurídicos de esa cartera describe que los 20 días hábiles dispuestos por el juez de la causa tenían sus fundamentos en el tiempo que demandaría:

Enviar copia de “los convenios vigentes celebrados en el marco del PNUD en los períodos 2023 y 2024?.

Informar “la cantidad de personas titulares de Tarjetas Alimentar en el año 2023 y quiénes son las/los titulares a la fecha de este beneficio, en el año 2024?.

Adjuntar “copia de los 28 proyectos de Convenio referidos en la respuesta que surge de fojas 449/453 y 454/456 (pto. 6 del archivo formato Excel incorporado en enlace de acceso) con sus respectivos dictámenes jurídicos e informar el estado de los mismos”.

Informar “el estado del trámite de los comedores que se encuentran en etapa de preparación de documentación, previa a la suscripción de los convenios, si los mismos fueron relevados en existencia y la población que participa en aquellos”.

Informar “la cantidad de personas alcanzadas por las políticas públicas descriptas” en las respuestas ya brindadas y “habida cuenta de las políticas públicas desarrolladas en 2024, respecto de esta temática, con las modificaciones y ampliaciones de las personas beneficiarias de la Tarjeta Alimentar, cuántas personas estarían alcanzadas con la instrumentación de los planes descriptos en las presentaciones mencionadas”. También se solicitó “informar la población alcanzada por la distribución de esa mercadería”.

El magistrado también le solicitó a la cartera de Pettovello “qué relación tienen los comedores con el convenio del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) vigente” y que se informe “la cantidad de personas que usufructúan los beneficios de tal convenio, detallando el comedor y/o merendero y su ubicación geográfica”.

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