Villa Carlos Paz
Sigue la polémica: La Junta Electoral desconocía que Ribetti vivía en Tanti
Se investiga si el concejal violó la Carta Orgánica y «falseó» su declaración jurada.La Junta Electoral de Villa Carlos Paz informó al Concejo de Representantes que desconocía que el concejal Daniel Ribetti se había radicado en Tanti en los años previos a su lanzamiento en la arena política. La Carta Orgánica establece el requisito de residencia continua de seis años para quienes se presentan como candidatos en las elecciones municipales y surgieron dudas en torno a un presunto incumplimiento del representante opositor.
Según el informe remitido al cuerpo legislativo, «no existe ninguna manifestación u elemento aportado por el concejal Daniel Oscar Ribetti relativo a su residencia durante aproximadamente 6 años en el domicilio de calle Cuba 220 de la ciudad de Tanti».
Lo llamativo del caso es que Ribetti aparece radicado en ese domicilio en documentación oficial del Registro del Propiedad del Automotor Número 2 de la ciudad de Cosquín, cuando tramitó su licencia de conducir. Este cambio no se vio reflejado en el Registro Nacional de las Personas (Renaper) y se presume que se omitió un cambio de domicilio efectuado por el actual concejal.
Se presume que habría violado el Código de Ética de la Función Pública y se busca constatar si efectivamente contaba con domicilio en la ciudad cuando presentó su candidatura en la lista de Juntos por Carlos Paz.
Además, un informe presentado por el Registro Civil de Villa Carlos Paz reveló que Ribetti cambió tres veces de domicilio en la ciudad, en 1989, 2018 y 2023.
De constatarse la residencia fuera de Villa Carlos Paz, se pondría de manifiesto que Ribetti habría «falseado» su declaración jurada y podría afrontar un proceso de destitución mediante la figura del juicio político y una investigación de la justicia, por la presunta comisión de un hecho delictivo.
En medio del escándalo, el Concejo de Representantes le ordenó al edil que en el término de cinco días hábiles, indique si efectivamente residió en calle Cuba 220 de la ciudad de Tanti entre el año 2012 al 2018 o, en su defecto, especifique los años de residencia en la citada localidad. Asimismo, se le solicitó que explique (por escrito) los motivos por los cuales no suscribió esta residencia de seis años en la ciudad de Tanti en las Declaraciones Juradas donde acredita cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 109 de la Carta Orgánica.
Una vez recogido su descargo, la Comisión General analizará la veracidad de la documentación presentada y la veracidad de las Declaraciones Juradas rubricadas al momento de asumir como concejal.