El municipio asumirá la prestación a partir del 1 de julio

San Antonio de Arredondo: ¿Cuánto se pagará por el nuevo servicio de agua?

Se determinaron los valores que afrontarán las casas de familia, industrias, comercios y hoteles.
martes, 21 de junio de 2022 · 22:01

La Municipalidad de San Antonio fijó las nuevas tarifas para el servicio de agua potable, que comenzará a ser prestado por el gobierno local a partir del 1 de julio del 2022 y que contempla el equilibrio para mantener la calidad de la prestación.

A través del proyecto enviado al Concejo Deliberante, se determinó que los inmuebles destinados a vivienda unifamiliar afrontarán un consumo básico mensual de trece metros cúbicos por la suma de $1600.

Asimismo, la determinación del consumo básico de inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o inmuebles que posean más de una propiedad construida, que tengan servicio de provisión de agua mediante medidor instalados o a instalarse en el futuro y surta a la totalidad o parte del inmueble, será la resultante de la suma de los consumos básicos que le corresponda individualmente a cada unidad servida por dicho medidor.

El excedente de consumo del medidor será abonado en partes iguales por cada propiedad edificada en el inmueble o edificio afectado a la ley de propiedad horizontal. Por su parte, los excesos sobre los consumos básicos mensuales fijados, se cobrarán en base a los siguientes parámetros: 13 a 30 metros cúbicos de exceso, se establece en $61 por m3; 31 a 50 metros cúbicos de exceso, se establece en $98 por m3; 51 a 80 metros cúbicos de exceso, se establece en $153 por m3; y desde 81 metros cúbicos de exceso, se establece en $166 por m3.

Los inmuebles destinados a hoteles, cabañas, geriátricos, camping, viviendas plurifamiliares, comercios y establecimientos industriales, pagarán por el consumo básico mensual de dieciocho metros cúbicos la suma de $2540; mientras que los excesos se calcularán en base a los siguientes parámetros: 18 a 30 metros cúbicos de exceso se establece en $85 por m3; 31 a 50 metros cúbicos de exceso se establece en $137 por m3; 51 a 80 metros cúbicos de exceso se establece en $214 por m3 y desde 81 metros cúbicos de exceso se establece en $232 por m3.

Toda propiedad edificado o baldío, carente de conexión, abonará una tasa diferencial equivalente al 60% de la tasa básica.

Dentro de la normativa también se fijaron tarifas por la ejecución de conexión domiciliaria de agua a la red (equivalente a seis tasas básica mensual), por la restricción del servicio de suministro de agua potable (equivalente a una tasa básica mensual), por la restitución del servicio de suministro de agua potable (equivalente a una tasa básica mensual) y en concepto de multa por violación de las obligaciones establecidas en el reglamento de usuario (la suma equivalente a cuatro consumos básicos mensuales).

Comentarios