Bono de $17.000: Requisitos, fechas y montos para acceder al plan

domingo, 4 de octubre de 2020 · 09:54

País.- El Plan Acompañar comenzará a ser otorgado luego de la firma de convenios para garantizar el cobro en todo el país. Junto a la Anses, el Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) puso en marcha el nuevo bono de $17000 denominado "Acompañar", que consiste en una suma de dinero no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva para asistir a las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo por situación de violencia de género.

El beneficio tiene un valor equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es decir cerca de $17.000. El programa se puso en marcha ante la "demanda histórica" del movimiento de mujeres y diversidad: "pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible", explicó  la titular de la cartera de género, Elizabeth Gómez Alcorta, durante el anuncio oficial en Olivos.

En esta línea, la titular de Anses, Fernanda Raverta, agregó: “Somos un Gobierno que siempre va a estar cerca de manera inteligente y empática de quienes lo necesitan. Una Argentina libre de violencias es sin duda nuestro objetivo”.

Requisitos para acceder al bono de 17000
Las personas que sufran violencia por cuestiones de género podrán solicitar el bono, pero existen planes sociales o de asistencia que no son compatibles con el Plan Acompañar. Las personas que sí podrán recibir el bono deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Residir en el país, que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada
  • Extranjera con residencia legal en la República  Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.
  • Mayor a dieciocho años.

Si perciben los siguientes beneficios, pueden acceder al bono:

  • Asignación Universal por Hijo ( AUH)
  • Asignación Universal por Embarazo (AUE)
  • Monotributo Social
  • Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE)
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

En cambio, no podrán cobrar el Plan Acompañar las personas que tengan ingresos por: 

  • Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el  Estado Nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • Prestación por Desempleo.

Además de la transferencia económica, las personas incluidas en el programa contarán con acompañamiento integral y acceso a dispositivos de fortalecimiento psicosocial, de forma coordinada entre el Ministerio de Géneros y los gobiernos provinciales y locales.

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