Rechazaron excarcelación de José López bajo palabra
El Tribunal Oral Federal 1 denegó el pedido del ex secretario de Obras públicas José López que buscaba ser excarcelado sin pagar una caución impuesta de 85 millones de pesos
En efecto los jueces Ricardo Basílico y José Michilini por mayoría dijeron:”hemos de coincidir con lo dictaminado por la Fiscalía General interviniente, en cuanto a que corresponde mantener la caución real de ochenta y cinco millones de pesos que le impusiéramos a José Francisco López, al concédasele su excarcelación en términos de libertad condicional.”
Además agregaron que “la caución a la que se sujeta la libertad de un imputado, conforme lo normado por el artículo 320 del Código Procesal Penal de la Nación, tiene por objeto asegurar su sujeción al proceso y que cumpla con las obligaciones que eventualmente pudiera imponerle el Tribunal.”
Recordemos que tras el fallo que le otorgó la excarcelación en los términos de libertad condicional, la defensora oficial de José López, Pamela Bisserier, apeló la caución de 85 millones de pesos que impuso el Tribunal Oral Federal 1 (TOF 1) para que el ex secretario de Obras Públicas deje la cárcel.
Según entiende la defensora, en las demás causas que pesan sobre López obtuvo la libertad bajo caución juratoria, es decir bajo palabra. Así ocurrió en la causa por presunta defraudación en obra pública, en aquella conocida como “sueños compartidos” y en el caso “cuadernos” donde es imputado colaborador.
Recordemos que José López fue detenido el 14 de junio de 2016 arrojando bolsos con dinero en un convento de General Rodríguez. El 12 de junio de 2019 el TOF 1 condenó a José Francisco López, por enriquecimiento ilícito a la pena de seis años de prisión, multa del 60% del valor del enriquecimiento, e inhabilitación absoluta perpetua. La sentencia aún no está firme.
En mayo de 2020 obtuvo una reducción de dos meses por estímulo educativo y el 1° de septiembre de 2020, se dispuso la unificación de condenas, imponiendo una pena de siete años y seis meses de prisión, por la condena impuesta en Mercedes por portación ilegítima de arma de fuego.
El ex funcionario lleva detenido 4 años y 10 meses, con lo cual lleva cumplidas las dos terceras partes de la condena y eso lo habilita a conseguir la libertad condicional sin tener que abonar una suma de dinero.
Por mayoría los magistrados aseguraron que “no surge del planteo de la defensa mención alguna de la cual se desprenda un argumento sólido que nos permita modificar la decisión sobre el tipo de caución que le impusimos -y su monto-; puesto que, a entender de los suscriptos, la presentación simplemente reseñó que ni López ni su círculo familiar tenían en la actualidad capacidad económica para hacerle frente al pago de esa suma.”
En disidencia votó el juez Adrián Grünberg entendiendo para él “apropiado fijar la caución de López bajo la modalidad juratoria y no tornar ilusorio el beneficio liberatorio (art. 321 del C.P.P.N.); máxime que no se vislumbra que la situación procesal del nombrado pueda empeorar de algún modo al revisarse la condena impuesta en esta causa; puesto que, como señalé también en esa oportunidad, López fue condenado a la pena máxima para el delito de enriquecimiento ilícito, y aquella sentencia sólo fue recurrida por su defensa”.