Anmat prohibió un agua envasada y una marca de miel

martes, 8 de febrero de 2022 · 11:41

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), a través de una publicación realizada en el Boletín Oficial, prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de dos productos en todo el territorio nacional por no cumplir con la normativa alimentaria vigente. Se trata de una marca de miel y agua envasada.

A través de diferentes disposiciones que fueron publicadas en el Boletín Oficial, el organismo encargado del control y fiscalización de alimentos, retiró del mercado dos productos por distintas infracciones a la normativa alimentaria vigente. 

La Anmat ordenó frenar “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional” de la “Miel de Monte y Multifloral”, marca Néctar Serrano, elaborada por David Medina Ibarbalz N° 1181, Córdoba Análisis Municipal N°: 77676 debido a que el producto carecía de registros sanitarios y no indicaba la leyenda “no suministrar a niños menores de 1 año”, resultando ser “un producto ilegal”.

Las actuaciones se iniciaron “a raíz de que el Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza informó las acciones realizadas en el marco de la investigación de una denuncia en relación a la comercialización” de esta miel y se dio intervención a la Dirección de Inspección General y Fiscalización de la Municipalidad de Godoy Cruz quienes verificaron la comercialización del producto y retiraron del lugar un total de 12 envases”.

Luego del operativo se realizó “un informe de ensayo elaborado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) solicitado por el Consejo Asesor Apícola” que determinó “que la muestra supera el máximo de hidroximetilfurfural permitido por el Código Alimentario Argentino (CAA)”.

Ante esto, la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA y dio intervención a la provincia de Córdoba para que obre en la faz de su competencia y fue así que la municipalidad de Cosquín “verificó la comercialización del alimento y tomó muestra reglamentaria para su análisis”.

La Dirección de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba “emitió el informe de laboratorio que expresaba que el valor de hidroximetilfurfural se encontraba por encima del valor permitido y el informe de rotulación concluyó que el producto si bien presentaba registros de habilitación municipal de Córdoba, no contaba con registro de RNE ni RNPA". 

Por otra parte, el organismo nacional retiró del mercado y de las plataformas de venta en línea el “Agua de mar, 100% pura” de la empresa “Biendemar”, envasada en la localidad bonaerense de Villa Gesell, la cual tenía el “logo de alimento libre de gluten” ya que carecía de “registros sanitarios” y contenía el logo oficial de Alimento Libre de Gluten “sin estar autorizado, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

En este caso, las actuaciones iniciaron a partir de una denuncia con relación a la comercialización en plataformas de venta en línea” de este agua, la cual informaba en su etiqueta que los registros RNE y RNPA se encontraban “en proceso” de tramitación en el Departamento Vigilancia Alimentaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

A partir de la denuncia, el organismo fiscalizador realizó las consultas pertinentes en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), “a los fines de verificar si el producto se encontraba autorizado”, pero se confirmó que el registro era inexistente. 

Por esa razón, al no poder “ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”, el producto “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”.

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