¿Cuáles son los productos que prohibió la Anmat?

martes, 16 de agosto de 2022 · 10:42

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes el uso y la comercialización de dos aceites de oliva y un aceto balsámico. 

Anmat informó de la prohibición del aceite de oliva y el aceto balsámico, ambos productos pertenecientes a la marca San Juan Oliva, a través de la Disposición 6410/2022 publicada en el Boletín Oficial. El documento lleva la firma del titular del organismo, Manuel Limeres. 

Luego de una investigación, la Anmat dispuso prohibir "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos Aceite de oliva extra virgen- Primera prensión en frío y Aceto Balsámico ambos de marca San Juan oliva elaborados y envasados por Campo de Olivos S.A. en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados, resultando ser productos ilegales".

El segundo producto, un aceite de oliva de la marca Estancia Los Lagos, fue prohibido por ser considerado "ilegal". El organismo comunicó la decisión en la Disposición 6437/2022. 

El organismo inició la investigación del producto luego de que recibiera una notificación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, que sostenía que el producto en cuestión no cumplía con la normativa alimentaria vigente.

"La titularidad no pertenece a la razón social declarada en el rótulo", especificó el organismo, por lo que el producto "no puede ser identificado en forma fehaciente como producto producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado". A su vez, el mismo también "carece de registros sanitarios y está falsamente rotulado".

Con el objetivo de "proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales", de los cuales, "no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control y su inocuidad", la Anmat tomó la decisión de prohibir la "elaboración, fraccionamiento y comercialización" del producto. 

"Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNPA 02525439, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia ilegales", detalló el comunicado publicado en el Boletín Oficial. 

Comentarios