Se trata de una normativa de avanzada

Carlos Paz cambia su Código de Convivencia: ¿cuánto saldrán las multas?

Entrará en vigencia en los próximos sesenta días y busca incentivar la participación ciudadana.
viernes, 5 de abril de 2024 · 13:19

La ciudad de Villa Carlos Paz sancionó su nuevo Código de Convivencia Ciudadana, el cual dispone una normativa de avanzada en el interior del país que permitirá endurecer las multas a los infractores. El proyecto lleva la firma del intendente Esteban Avilés y tiene como objetivo incentivar la participación ciudadana, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad y los derechos y deberes de los carlospacenses y de los turistas. 

«Los carlospacenses nos caracterizamos por ser personas con un profundo compromiso con el cuidado de nuestro espacio público, de nuestras plazas y parques, con el cuidado del ambiente, con promover espacios para disfrutar en el marco del respeto a los derechos de los demás»; destacó el mandatario, quien encabezó una conferencia de prensa.

Dentro de las nuevas disposiciones, se incluye la posibilidad que las faltas puedan relevarse a través de las distintas cámaras de seguridad dispuestas en toda la ciudad y controladas desde la Sala de Monitoreo.

La premisa será instrumentar un código «preventivo y reparador», que entrará en vigencia en los próximos sesenta días, y que incluye nuevas sanciones como la de la capacitación o cursos, el trabajo comunitario, reparación del daño, remediación ambiental, paralización de obras, demolición y suspensiones, entre otras penalizaciones.

Asimismo, se contemplan hechos como la prestación de los servicios, el uso del agua y los alertas, el daño ambiental a los bienes de dominio público y los actos de vandalismo. También legisla sobre el Estudio de Impacto Ambiental sobre fauna y flora, nuevos loteos, urbanización y fraccionamiento, y la responsabilidad de los profesionales, en materia de fuego, geriátricos, guarderías, gimnasios, actos que ya sea en forma presencial o por medios digitales afecten, quebranten o pongan en riesgo la convivencia ciudadana en espacios públicos, privados con acceso al público y/o que trasciendan de lo privado a lo público.

Dentro del nuevo Código de Convivencia, se penalizarán los ruidos molestos con una multa de 3 a 30 U.V.F ($90.000 a $900.000) y el secuestro de los elementos utilizados para la comisión de la falta y/o clausura hasta 60 días e inhabilitación por igual termino. En tanto, cuando los ruidos o vibraciones en actividades, fiestas, reuniones, o eventos similares afecten la convivencia entre vecinos debido al impacto auditivo, la sanción a aplicar será el doble de la multa establecida.

Para quienes tomen alcohol en la vía pública, se les aplicará una multa de 3 a 7 U.V.F y el secuestro de los elementos; al tiempo que para quienes enciendan fuego en lugares públicos y/o privados que afecten espacios públicos, se aplicará una multa de 5 a 40 U.V.F y los vehículos que circulen con escapes libres recibirán una sanción de 3 a 15 U.V.F y se dispondrá la destrucción y el decomiso del escape de gases en contravención.

Aquellos que hagan publicidad o propaganda y perturbaren la convivencia ciudadana, ofendieren a la moral o a las buenas costumbres discriminaren por cuestiones de sexo, genero, religión, raza, idioma, cultura, o condición social de cualquier tipo, serán sancionados con multa de 4 a 50 U.V.F ($120.000 a  $1.500.000), y secuestro de elementos utilizados para la comisión de la infracción y/o inhabilitación. En tanto, por incumplimiento de la responsabilidad de padres y tutores de menores, serán sancionados con multa de 5 a 30 U.V.F ($150.000 a $900.000), y/o trabajo comunitario; además la obligación de volver al estado anterior. En tanto, por agresión verbal o física a inspectores o policías u otra persona en funciones, se aplicará una multa de 50 a 500 U.V.F ($1.500.000 a $15.000.000) y por comercios sin habilitación, se aplicará una multa de 4 a 20 U.V.F ($120.000 a  $600.000) y se procederá a su clausura hasta que cese la infracción.

Finalmente, quienes conduzcan alcoholizados o bajo la acción de sustancias prohibidas, serán sancionado con multa de 6 a 25 U.V.F e inhabilitación para conducir de quince días hasta noventa días.

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