Código de Convivencia

Carlos Paz: las multas podrían llegar hasta los 15 millones de pesos

Se pondrá en vigencia a partir del próximo 4 de julio y contempla sanciones más fuertes.
martes, 7 de mayo de 2024 · 20:00

La Municipalidad de Villa Carlos Paz, pondrá en vigencia su nuevo Código de Convivencia desde el próximo 4 de julio, el cual contempla un endurecimiento de las sanciones económicas para quienes perturban la vida social de la ciudad. La medida tiene el objetivo de incentivar la participación ciudadana, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad y los derechos y deberes de los ciudadanos. 

El valor de la multa se determina para el presente Código en Unidad de Valor (U.V.), cuyo monto en pesos equivale a la décima parte (10%) del sueldo básico asignado a la Categoría 01 del personal de planta permanente municipal. En el caso de los reincidentes en el plazo de dos años, el monto de la falta podrá elevarse al doble.

Las multas más severas superan hasta los 10 millones de pesos y podrían llegar hasta 15 millones. Dentro del nuevo Código de Convivencia, se penalizarán a quienes cometan ruidos molestos con una multa de 3 a 30 U.V. ($90.000 a $900.000) y el secuestro de los elementos utilizados para la comisión de la falta y/o clausura hasta 60 días e inhabilitación por igual término. 

Para quienes tomen alcohol en la vía pública, se les aplicará una multa de 3 a 7 U.V. y el secuestro de los elementos; al tiempo que para quienes enciendan fuego en lugares públicos y/o privados que afecten espacios públicos, se aplicará una multa de 5 a 40 U.V. y los vehículos que circulen con escapes libres recibirán una sanción de 3 a 15 U.V y se dispondrá la destrucción y el decomiso del escape de gases en contravención.

Aquellos que hagan publicidad o propaganda y perturbaren la convivencia ciudadana, ofendieren a la moral o a las buenas costumbres discriminaren por cuestiones de sexo, genero, religión, raza, idioma, cultura, o condición social de cualquier tipo, serán sancionados con multa de 4 a 50 U.V  ($120.000 a $1.500.000), y secuestro de elementos utilizados para la comisión de la infracción y/o inhabilitación. En tanto, por incumplimiento de la responsabilidad de padres y tutores de menores, serán sancionados con multa de 5 a 30 U.V. ($150.000 a $900.000), y/o trabajo comunitario; además la obligación de volver al estado anterior.

En tanto, por agresión verbal o física a inspectores o policías u otra persona en funciones, se aplicará una multa de 50 a 500 U.V. ($1.500.000 a $15.000.000) y por comercios sin habilitación, se aplicará una multa de 4 a 20 U.V. ($120.000 a $600.000) y se procederá a su clausura hasta que cese la infracción.

El maltrato animal o acciones contrarias establecidas en la ordenanza, serán sancionadas con multas de de 5 a 20 U.V; mientras que el que promoviera, realice, facilite o exhibiera peleas, carreras o competiciones entre los animales como espectáculo, aun de índole privada y los entrenara, serán sancionados en con multas de 5  a 20 U,V. ($150.000 a $600.000). Por venta de tabaco a menores, la multa irá de 1 a 10 U.V ($30.000 a $300.000),  y la clausura de hasta diez días el local, mientras que por reincidencia, de 2 a 20 U.V y clausura por 20 días. Ante una segunda reincidencia, se aplica una sanción de 2 a 30 U.V. 

Asimismo, por estacionar en lugares reservados para personas con discapacidad, se sancionará a los conductores con multas de 2 a 10 U.V ($60.000 a $300.000).

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