La Justicia asignó a una mamá con hijos el uso de la vivienda

jueves, 21 de mayo de 2020 · 20:22

En un juicio en el que se discutía la atribución de la vivienda familiar tras la disolución de una unión convivencial, el Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de Bell Ville asignó su uso a la madre, quien tiene a su cargo el cuidado de sus dos hijos menores, hasta que estos alcancen la mayoría de edad.

Esto se decidió a pesar de haberse cumplido holgadamente el plazo de dos años desde el cese previsto por la ley. De este modo, el juez Sergio Enrique Sánchez decidió flexibilizar requisitos legales para resguardar los derechos de los niños. 

La resolución explica que el artículo 526 del Código Civil y Comercial (CCC), entre otras cosas, establece que el inmueble que es sede de la vivienda familiar puede ser atribuido a alguno de los convivientes, una vez que esta ha cesado, si éste tiene a su cargo el cuidado de hijos menores de edad y si se acredita la extrema necesidad de una vivienda y la imposibilidad de procurarla en forma inmediata. 

En este sentido, el juez precisó que, en el caso, se había demostrado que la demandante carecía de recursos económicos suficientes, sin que el demandado haya probado lo contrario. También consideró acreditado que los niños, de 8 y 17 años, se encontraban a cargo de su madre desde que terminó la convivencia con el progenitor.

En base a ello, y teniendo en cuenta la Convención de los Derechos del Niño que manda a priorizar el desarrollo y desenvolvimiento social, humano y digno de los niños, el magistrado advirtió: “No solo que la actora no puede procurarse otra vivienda en la que albergar a los hijos de ambos, sino que, además, se encuentra en juego el interés superior de aquellos que debe prevalecer”. 

Asimismo, agregó: “La vivienda constituye un componente de máxima importancia del deber alimentario de los progenitores, y en nuestro caso debe protegerse a quien se encuentra con mayores limitaciones y en situación de vulnerabilidad”.

 

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